¿Ha dado positivo en el control de alcoholemia?

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A medida que se acerca la temporada navideña, nuestros calendarios se llenan rápidamente de celebraciones, fiestas de oficina y comidas de negocios. Es un momento de alegría, generosidad y, muy a menudo, indulgencia. En medio de estas festividades, es fundamental ser conscientes de nuestras decisiones, especialmente cuando se trata de beber y conducir. Dar positivo en una prueba de alcohol mientras conduce puede tener graves consecuencias, no sólo poniendo en riesgo su seguridad y la de los demás, sino que también puede dar lugar a infracciones penales o administrativas.

Comprender la gravedad de tales situaciones es esencial, pero también es importante encontrar maneras de disfrutar la temporada navideña de manera responsable y segura. Para aquellos que no pueden participar en determinadas celebraciones o buscan formas alternativas de pasar el tiempo, participar en entretenimiento online puede ser una gran opción. Aquí es donde entra en juego algo como el bono sin depósito de El Royale Casino.

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¿Cuándo es delito y que pena pueden imponerle?

Es delito si superas la tasa de alcohol en aire espirado de 0, 60 miligramos por litro o una tasa de alcohol en sangre superior a 1, 2 gramos por litro, y la pena a imponer es además de la retirada del permiso de conducir vehículos a motor o ciclomotores por tiempo superior a un año y hasta cuatro años, cualquiera de las siguientes:

– Prisión de 3 a 6 meses.

–  Multa de 6 a 12 meses.

–  Trabajos en beneficio de la Comunidad de 31 a 90 días.

Debemos destacar que estas mismas penas también se imponen si se conduce bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes sustancias psicotrópicas, o si se conduce a velocidad superior en 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, tal y como se recoge expresamente en el artículo 379 del Código Penal.

Además, estas penas aumentarían considerablemente si se conduce con temeridad manifiesta, se pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, si esta conducta se hace con manifiesto desprecio por la vida de los demás o si se origina un grave riesgo para la circulación.

¿Cuándo es una infracción administrativa y que sanción pueden imponerle?

Cuando un conductor ha ingerido alcohol en pocas cantidades y no supere los limites establecidos anteriormente para ser considerado delito, se considera una infracción administrativa, y pueden imponerle las siguientes sanciones:

  • Conducir con valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0.15 hasta 0.30 mg/l), será sancionado con la multa de 500 euros y la retirada de 4 puntos.
  • Si al realizar la prueba supera de 0,50 mg/l en aire espirado, (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0.30 mg/l), será sancionado con multa de hasta 1.000 euros y la retirada de hasta 6 puntos.
  • Además, se impondrá una sanción de 1.000 euros en el supuesto de que el conductor ya hubiera sido sancionado el año inmediatamente anterior.

 

¿Qué ocurre si se niega a hacerse las pruebas de alcoholemia? 

La negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia o de presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas conllevan la comisión de otro delito expresamente recogido en el artículo 383 del Código Penal, penado con prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.

¿Qué ocurre si se conduce sin permiso de conducir?

El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial o el que condujere sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción, será castigado como se establece en el artículo 384 del Código Penal, con alguna de las siguientes penas:

  • Prisión de tres a seis meses
  • Multa de doce a veinticuatro meses.
  • Trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Por todo ello, hay que ser muy responsables y prudentes al volante, no obstante, si se ve en una situación como estas, resulta trascendental acudir a un profesional experto en la materia que solvente con garantías la defensa de sus intereses y consigan que la pena se reduzca considerablemente. En Arjona & Núñez Abogados somos expertos en Derecho Penal y podemos ayudarle. Llámenos: 951434431.

Laura Arjona Núñez (Abogada)

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